Todo el sector productor agrario y prácticamente también casi todo el de transformación industrial de alimentos y bebidas quedaron excluidos de la posibilidad de optar a los 7.000 millones de ayudas directas (a fondo perdido) a autónomos y empresarios, incluidas dentro del Plan del Gobierno de11.000 millones de euros, aprobado el pasado viernes 12 de marzo y recogido un día después en el BOE, a través del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en respuesta a la pandemia de la Covid-19.
Estas ayudas directas, que irán de un mínimo de 3.000 euros para los empresarios autónomos que tributen en el sistema de módulos, y de 4.000 a 200.000 euros para empresas y autónomos del régimen impositivo de estimación objetiva, sólo se contemplan para los Códigos de actividad CNAE de algunos subsectores de la industria de alimentación y bebidas: CNAE 1052 (elaboración de helados); CNAE 1083 (elaboración de café, té e infusiones); CNAE 1101 (destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas), y CNAE 1103 (elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas).
Deja, por tanto, fuera de estas ayudas directas a todo el sector productor agrario (grupo A de CNAE 01) y prácticamente a toda la industria de alimentación y bebidas (grupos CNAE 10 y CNAE 11), a pesar de que la crisis de Covid-19 afectó al negocio y a las cuentas de diversos sectores que se vieron y se están viendo considerablemente afectados, tanto en la producción, como en la fabricación por las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria de Covid-19, como la elaboración de vino (CNAE 1102) o cerveza, así como producciones agrarias, como la de flores y plantas ornamentales, carnes de vacuno, de ovino y caprino, producción y elaboración de productos ibéricos o determinados quesos, relacionados muy estrechamente con el canal Horeca o con actividades de ocio.
En cambio, sí se incluye en este catálogo que podrá optar a las ayudas directas a todas las actividades de autónomos y empresariales relacionadas con el comercio al por mayor y al por menor de todos los productos alimenticios y bebidas.
Hay que señalar que para acogerse a estas ayudas directas, que gestionarán las CC.AA., se tiene que demostrar que el negocio del autónomo o del empresario ha tenido pérdidas del 30% o más de facturación por causa de la Covid-19 en relación al ejercicio “normal” anterior.
En principio y en su caso, el sector productor agrario e industrial de alimentos y bebidas sí podrán acogerse a los fondos de 3.000 millones de euros del plan del Gobierno destinados a la reestructuración de la deuda, así como a los fondos de 1.000 millones de euros para recapitalización, aunque, dados los condicionantes y las exigencias para ello, parece bastante difícil que, salvo casos muy extremos, lo puedan o vayan a hacer.
El Gobierno reconoce en el anexo del BOE hasta 95 sectores que podrán verse beneficiados de las ayudas directas, entre las que destacan las actividades más afectadas relacionadas con el turismo, la hostelería y la restauración, agencias de viaje, comercios minoristas, taxis, edición de periódicos, artes escénicas, museos…etcétera.
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